programas e inciativas

Iniciativa La ESIA en datos

¿Qué se está haciendo para el abordaje de la explotación sexual de la infancia y la adolescencia?

ECPAT CONTRA LA EXPLTACION SEXUAL DE NIÑOS Y NIÑAS

La ESIA es una problemática que muy a menudo ha venido considerándose residual y ajena a nuestro país. Pero la realidad es que afecta a decenas de niñas y niños cada año. Las estadísticas oficiales dan prueba de lo anterior, sin embargo, de forma parcial. Sabemos que existe un porcentaje significativo de niñas y niños en situación de explotación que no están siendo detectadas por el sistema, y que, por lo tanto, no tienen acceso a la protección a la que tienen derecho.

Fruto de esta reflexión, presentamos a continuación la iniciativa La ESIA en datos, surgida con el objetivo de analizar en base a los diferentes estándares internacionales y regionales en la materia, los avances acometidos hasta el momento en España para el abordaje de esta problemática, y los retos pendientes para la erradicación de la misma y la contribución a la protección del derecho de niñas y niñas a una vida libre de explotación sexual.

Análisis del progreso

Hemos analizado un total de 21 indicadores que tienen que ver con áreas relativas a la protección, la sensibilización, la prevención, la atención, y la persecución del delito.

Cada uno de estos indicadores se ha valorado como P, si su adecuación y contribución al abordaje de la ESIA es parcial, C, si es completo y se adecúa a las recomendaciones emanantes de los diferentes estándares internacionales y regionales en la materia, y N, si el indicador propuesto carece de abordaje en nuestro país.

Resumen del progreso

En España se han invertido importantes esfuerzos en materia de lucha contra la ESIA, pero éstos se han centrado principalmente en el abordaje jurídico de la problemática y en determinadas formas de ESIA, en concreto, en la trata con fines de explotación sexual.

Si bien lo anterior ha supuesto un avance significativo, aún resulta insuficiente para combatir de manera eficaz la problemática.

 

C (Completo)

P (Parcial)

N (No aborda)

La explotación sexual de la infancia y la adolescencia en/ a través de la prostitución.

Parciales

Indicadores parciales

No aborda

Carece de abordaje en nuestro país

Completos

Indicadores completos

Retos principales:

Falta del desarrollo de una evidencia científica sólida que permita ajustar de forma adecuada las estrategias de prevención y de intervención frente al fenómeno.

Falta de información y sensibilización de la población en general y de colectivos específicos, por cuanto la ESIA en España aún sigue considerándose como una problemática residual y ajena a nuestra realidad.

Falta de capacitación especializada tanto de aquellos profesionales vinculados directamente con infancia y adolescencia, así como de formación de aquellos otros agentes que, de forma indirecta, puedan estar relacionados en un momento determinado con una situación de ESIA.

Falta de una política y abordaje integrales que incluyan todas las formas en que puede manifestarse la ESIA, los factores que la favorecen (desde las causas subyacentes, hasta la demanda) y que aúne esfuerzos entre todos los agentes involucrados.

Falta de recursos y mecanismos que promuevan la participación de niñas, niños y adolescentes como agentes proactivos en su protección y la protección de los y las demás.

Falta de recursos en cuanto a la asistencia especializada de niñas, niños y adolescentes en situación de ESIA y que promueva su reintegración a largo plazo.

COMPLETOS

PARCIALES

NO ABORDADO

Jurisdicción

Los tribunales deben poder tener competencia para la persecución de aquellos delitos relacionados con la ESIA, tanto si estos se han cometido en su terriotio como si se han cometido por parte o sobre una persona nacional, o a través de las tecnologías de la información y la comunicación a las que se acceda desde su territorio.
Además, dichos tribunales deben garantizar que su competencia no se supedite a la condición de que el hecho sea delito en el lugar donde se cometa.

 

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Notificación y denuncia

Los Estados deben establecer medidas (ya sean legislativas o de otro tipo) para alentar a cualquier persona que tenga conocimiento o sospeche de una situación de explotación sexual, a que lo ponga en conocimiento de las autoridades y organismos competentes.

 

Avances en España

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Líneas de ayuda

Los Estados tienen la obligación de fomentar y apoyar en la creación de servicios de información (entre los que se incluyen líneas de asistencia telefónica o por Internet) a través de las que se proporcione asesoramiento a cualquier persona que se dirija a dichos servicios en relación a una sospecha o caso de explotación sexual de la infancia y la adolescencia.

 

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Datos de delincuentes sexuales

Los Estados deben disponer del registro y el almacenamiento de datos nacionales sobre delincuentes sexuales de acuerdo a la legalidad vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Además se deben establecer aquellas medidas necesarias para que el acceso a profesionales en contacto habitual con niños, niñas y adolescentes garantice que los y las aspirantes no hayan sido condenados por actos de violencia sexual.

 

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Prescripción

En cuanto a la prescripción de los delitos relacionados con la explotación sexual de la infancia y la adolescencia, esta debe tener la duración suficiente para permitir el inicio de actuaciones, desde que la víctima haya cumplido la mayoría de edad, y en función a la gravedad del delito.

 

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Infracciones relacionadas con la ESIA

En cuanto a las conductas relacionadas con la explotación de niños y niñas en o a través de la prostitución se establece el hecho de reclutar a un niño o una niña  para que se dedique a la prostitución o favorecer su participación en la misma, obligarle a dedicarse a la prostitución o beneficiarse de una o un niño o explotarlo de otro modo para tales fines, y recurrir a la prostitución de niños o niñas.

Al respecto, se define como «prostitución infantil» la utilización de una persona menor de edad en actividades sexuales en las que se entregue o prometa dinero u otra forma de remuneración o contraprestación como pago por su participación en actos de carácter sexual, independientemente de que el pago, la promesa o la contraprestación se entregue o se haga al niño o la niña o a una tercera persona.

En cuanto a las conductas relacionadas con la explotación sexual online de la infancia y la adolescencia, se establece como pornografía infantil:
I) todo material que represente de manera visual a un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada,
II) toda representación de los órganos sexuales de un menor con fines principalmente sexuales,
III) todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita real o simulada o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser un menor, con fines principalmente sexuales, o
IV) imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales;

Respecto a las proposiciones a niños y niñas, el hecho de que una persona adulta, mediante las tecnologías de la información y la comunicación, proponga un encuentro a un niño o una niña con el propósito de abusar sexualmente de él o ella, cuando a dicha proposición le hayan seguido actos materiales conducentes a dicho encuentro.

Se considera trata de niños y niñas con fines de explotación sexual, la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, incluido el intercambio o la transferencia de con­ trol sobre estas personas, mediante la amenaza o el uso de la fuerza u otras formas de coacción, el rapto, el fraude, el engaño, el abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de una persona que posea el control sobre otra persona, con el fin de explotarla. Cuando esta conducta afecte a una o un niño, constituirá  trata de seres humanos aun cuando no se haya recurrido a ninguno de los medios referidos anteriormente.

 

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indicadores completos

1-Jurisdición

Avances en España

La jurisdicción española es competente para conocer los hechos cometidos por personas españolas (o con residencia habitual en el país), o por personas extranjeras en su terriotorio cuando la víctima sea española o tenga su residencia habitual en el país. Asimismo, cualquier ciudadano español o extranjero puede ser procesado en España por hechos (relativos a la ESIA) cometidos fuera del territorio español, incluso cuando tales conductas no sean constitutivas de delito en el Estado en que se cometen.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Ley Orgánica 1/2014 de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, relativa a la justicia universal.

 

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial 

En la reforma operada por la Ley Orgánica 1/2014 de modificación de la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial relativa a la justicia universal , se amplió en el país la extraterritorialidad de la ley penal española a los supuestos de abuso sexual cuando el delito se comete en el extranjero. Teniendo en cuenta la dimensión transnacional de esta problemática, la aprobación de la legislación extraterritorial supone un avance para el fortalecimiento legal entre países en materia de explotación sexual infantil ya que uno de los factores que aumenta la vulnerabilidad de niños, niñas y adolescentes son los marcos legales débiles.

 

ECPAT International (2008). Leyes Extraterritorales. Por qué no funcionan y cómo pueden fortalecerse.

Documento enfocado al análisis de la jurisdicción extraterriotorial y su aplicabilidad.

 

ECPAT International (2022). Issues Paper: Extraterritorial jurisdiction and extradition legislation as tools to fight the sexual exploitation of children .

Documento que aborda la jurisdicción extraterritorial y la ley de extradicióncomo herramientas para combatir la explotación sexual de niñas y niños.

 

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2- Notificación y denuncia

Avances en España

En España el deber de comunicación ha derivado en una obligación legal. La legislación vigente establece dos niveles en la notificación: por un lado aquella que compete a la ciudadanía en general, y, por otro, se establece un deber de notificación cualificado que compete a aquellos y aquellas profesionales que trabajen con niños y niñas.
Además el Estado también financia iniciativas y proyectos dirigidos al fomento de esta notificación.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia 

En su título II se establece el deber de comunicación de las situaciones de violencia.

 

Campaña “El cuento cambia si TÚ lo cuentas” 

Iniciativa de FAPMI-ECPAT España dirigida, además de la sensbilización, a la concienciación sobre la necesidad de la notificación de las situaciones de violencia, incluyendo la explotación sexual , que pueden afectar a la infancia y la adolescencia.

 

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3-Líneas de ayuda

Avances en España

España cuenta con líneas de atención telefónica para la atención a casos relacionados con la violencia hcia la infancia y la adolescencia en cualquiera de sus manifestaciones. Entre ellas está disponible la numeración europea 116111, y algunas Comunidades Autónomas disponen de numeraciones específicas para la atención de dichos casos.
Por otro lado, y para determinadas formas de explotación sexual (como la explotación sexual online o la trata de niñas y niños), organismos con el INCIBE o cuerpos policiales, disponen de líneas de atención específicas para estos casos, incluyendo direcciones de correo electrónico.
Algunas entidades de la sociedad civil también disponen de recursos específicos de asesoramiento y atención 24 horas, en algunos casos financiados con fondos públicos.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Líneas de Ayuda ANAR 

La Fundación ANAR gestiona dos líneas telefónicas y un chat dirigidos a la atención de situaciones relacionadas con la violencia hacia la infancia y la adolescencia.

– Las Comunidades Autónomas también disponen de servicios teléfonicos para la asistencia a situaciones de violencia. Un listado completo puede consultarse en: fapmi

Policía Nacional y Guardia Civil 

Ambos cuerpos policiales disponen de e-mails específicios, dirigidos a la notificación de situaciones relacionadas con la explotación sexual online.

Asimismo y de forma específica Policía Nacional dispone de una web específica en materia de trata de personas para que tanto las víctimas como la ciudadanía puedan denunciar  posibles casos de trata, incluyendo un número de teléfono (900 10 50 90), y un correo electrónico (trata@policia.es)  

Servicio de Orientación e Información a la Ciudadanía SOIC.

Se trata de un servicio gestionado por FAPMI-ECPAT España a través del cual se proporciona orientación e información a cualquier persona que se dirija a la Fedreación con cualquier relacionada con una situación de violencia que pueda afcetar a un o una niña.

 

Inciaitiva Dont’t Look Away

Configurada como una Plataforma de Notificación y Denuncia ante casos de explotación sexual de la infancia y la adolescencia en los viajes y el turismo.

 

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4-Datos de delincuentes sexuales

Avances en España

España tiene regulado por ley la organización y contenido del denominado Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos (modificado su nombre por la LOPIVI) , así como los procedimientos de inscripción, acceso, cancelación, rectificación y certificación de la información que contiene.
También se dispone de la incorporación en dicho Registro de aquellos datos relativos a la identidad y el perfil genético (ADN) de las personas condenadas por delitos sexuales, junto con el resto de información penal del Registro Penal de Penados y el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal de los Menores.
El acceso a este Registro se limita a los órganos judiciales a efectos de su utilización en procedimientos y actuaciones de sus respectivas competencias.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia 

En su artículo 60, se establecen disposiciones relativas a la cancelación de antecedentes en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos.

 

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5-Prescripción

Avances en España
En España, la LOPIVI ha introducido una modificación sustancial en el Código de Penal, donde se extiende el tiempo de prescripción de aquellos delitos más graves cometidos contra niños, niñas y adolescentes, empezando a contar desde que la víctima haya cumplido los 35 años de edad.
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia .
En su disposición final sexta de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Art. 107. se modifica el apartado 1. art. 132.
Con ello se pretende evitar la impunidad de delitos, como en el caso de la violencia sexual, en los que las víctimas tardan más en asimilarlos y que en muchas ocasiones se detectan de forma tardía.

 

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6-Infracciones relacionadas con la ESIA

Avances en España

El Código Penal establece la inducción, promoción, favorecimiento o facilitación de la prostitución de una persona menor de edad o el lucro con la misma, o la explotación de algún otro modo a una persona menor de edad para estos fines. Además, la LOPIVI introduce un nuevo delito relativo a la promoción, fomento o incitación de aquellos delitos relativos, entre otros, a la ESIA. En este sentido se modifica el artículo 189 bis, que incluye “la distribución o difusión pública a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información o de la comunicación de contenidos destinados a promover, fomentar o incitar a la comisión de delitos.

El Código penal como conductas dentro del delito de pronografía infantil,
a) Todo material que represente de manera visual a un menor o una persona con discapacidad necesitada de especial protección participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada,
b) Toda representación de los órganos sexuales de un menor o persona con discapacidad necesitada de especial protección con fines principalmente sexuales,
c) Todo material que represente de forma visual a una persona que parezca ser un menor participando en una conducta sexualmente explícita, real o simulada, o cualquier representación de los órganos sexuales de una persona que parezca ser un menor, con fines principalmente sexuales, salvo que la persona que parezca ser un menor resulte tener en realidad dieciocho años o más en el momento de obtenerse las imágenes,
d) Imágenes realistas de un menor participando en una conducta sexualmente explícita o imágenes realistas de los órganos sexuales de un menor, con fines principalmente sexuales”. Del mismo modo se establce El que captare o utilizare a menores de edad o a personas con discapacidad necesitadas de especial protección con fines o en espectáculos exhibicionistas o pornográficos, tanto públicos como privados, o para elaborar cualquier clase de material pornográfico, cualquiera que sea su soporte, o financiare cualquiera de estas actividades o se lucrare con ellas” (art. 189.1.a.). También se penaliza “la producción, venta, difusión, exhibición o posesión por cualquier medio de pornografía infantil, aunque el material tuviere su origen en el extranjero o fuere desconocido”
con la finalidad de prevenir y detener la utilización de las TIC para la preparación de niños y niñas para el abuso a través de medios virtuales o físicamente, el CP incluye el artículo 183 ter, a través del cual se tipifica la figura del “Child Grooming”. De esta manera, el artículo 183 ter castiga al que “a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 183 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento” (Art. 183 ter.1.). asimismo, el que “El que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años” (art. 183 ter.2.). se prevé también un agravante de la pena cuando el acercamiento al menor de edad se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño (art. 183 ter).
El artículo 177 bis del Código Penal, sanciona con penas de prisión de cinco a ocho años como reo de trata de seres humanos “el que, sea en territorio español, sea desde España, en tránsito o con destino a ella, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o de vulnerabilidad de la víctima nacional o extranjera, o mediante la entrega o recepción de pagos o beneficios para lograr el consentimiento de la persona que poseyera el control sobre la víctima, la captare, transportare, trasladare, acogiere, o recibiere, incluido el intercambio o transferencia de control sobre esas personas, con cualquiera de las finalidades siguientes:
a) La imposición de trabajo o de servicios forzados, la esclavitud o prácticas similares a la esclavitud, a la servidumbre o a la mendicidad,
b) La explotación sexual, incluyendo la pornografía,
c) La explotación para realizar actividades delictivas,
d) La extracción de sus órganos corporales,
e) La celebración de matrimonios forzados. La tipificación del delito de trata de personas menores de edad, también se encuentra tipificado en el Código penal; así, “2. Aun cuando no se recurra a ninguno de los medios enunciados en el apartado anterior, se considerará trata de seres humanos cualquiera de las acciones indicadas en el apartado anterior cuando se llevare a cabo respecto de menores de edad con fines de explotación”

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Publicada en el Boletín Oficial del Estado «BOE» núm. 77, de 31 de marzo de 2015

Circular 2/2015, de 19 de junio de 2015, sobre los delitos de pornografía infantil tras la reforma operada por LO 1/2015

 

Minoría de edad

Las dudas a cerca de la edad de la víctima, no deben impedir el incio de las investigaciones penales y, en todo caso, si hay razones para creer que pueda tratarse de una persona menor de edad, la víctima debe poder tener acceso a las medidas de protección previstas para niños, niñas y adolescentes.

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Sensibilización

Se debe promover la información y la sensbilización sobre la problemática dirigida al público en general, e incluyendo de forma especial a niños, niñas y adolescentes, así como la educación y la capacitación sobre las medidas preventivas que pueden adoptarse, alentando además a la participación de todos los agentes involucrados (niños, niñas y adolescentes, comunidades, etc.).

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Asistencia y apoyo

Se deben implementar todas aquellas medidas que permitan asegurar la asistencia apropiada a las víctimas, así como su plena reintegración social y recuperación física y psicológica.
Este apoyo además debe poder extenderse a sus familias u otras personas a cuyo cargo se encuentren.
Por otro lado, y bajo el prisma del interés superior del menor, esta asistencia se debe proporcionar con independencia del proceso o la investigación penal, y debe adpatarse a las circusntancias y características de la persona menor de edad, teniendo también en cuenta sus opiniones y necesidades.

 

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Publicidad de delitos relacionados con la ESIA / medios de comunicación

Se debe prohibir de forma expresa la porducción o difusión de cualquier material en que se haga publicidad de la ESIA.
Además también es fundamental la prohibición de la organización (sea o no con fines comerciales) de viajes orientados a cometer cualquier delito relacionado con lesta problemática.
También se debe instar (siempre respetando la libertad de prensa) a los medios de comunicación para que faciliten información apropiada acerca de todos los aspectos de la explotación y el abuso sexual infantil.

 

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Cooperación internacional

Se deben establecer acuerdos de cooperación multilaterales, regionales y bilaterales enfocados a la prevención, detección, protección y asistencia a las víctimas, y al enjuiciamiento y castigo de las personas agresoras, además de la integración de la problemática de la explotación sexual en los programas de cooperación para el desarrollo en beneficio de terceros países.

 

Avances en España
 Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Formación y capacitación de profesionales

Se debe promover la sensbilización en cuanto a la protección y los derechos de niños, niñas y aodlescentes dirigida a profesionales en cualquier ámbito relacionado con la infancia y la adolescencia. Además, los y las profesionales, las unidades o los servicios responsables de la investigación y/o valoración de los casos deben recibir una formación especializada. Dicha formación debe ser periódica y orientarse a la capacitación en materia de identificación y atención de niños y niñas en situación de ESIA.

 

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Educación de niños, niñas y adolescentes

Los y las niñas deber recibir información sobre los riesgos de ESIA y los medios y estrategias para protegerese. En colabración con las familias, esta información debe darse, tanto durante la educación primaria, como secundaria y además debe circunscribirse en una informacón de carácter más general sobre sexualidad.

  Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Participación de niños, niñas y adolescentes

Se debe fomentar la participación de niños, niñas y adolescntes en la elaboración y aplicación de políticas, programas u otras iniciativas públicas relacionadas con la ESIA.

 

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Participación del sector privado

Los instrumentos regionales incluyen de forma explítica la necesidad de la participación del sector privado, en particular el sector de las tecnologías de la información y la comunicación, la industria de viajes y turismo, los sectores bancario y financiero, así como de la sociedad civil, en la elaboración y aplicación de las políticas para la prevención de la explotación y el abuso sexual de los niños, y en el establecimiento de normas internas mediante la autorregulación y la corregulación.

 

Avances en España
 Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Coordinación nacional y cooperación con el Tercer Sector

Los instrumentos internacionales establecen la necesaria coordinación tanto a nivel nacional como local a dos niveles: por un lado, entre aquellos organismos con responsabilidad en la protección y promoción de los derechos de la infancia y la adolescencia, y, por otro lado, entre los orgaismos públicos, la sociedad civil y el sector privado.
Además también se hace necesario, en materia de coordinación y enfocado a la mejor comprensión de la problemática, la puesta en marcha de mecanismos de recocogida de datos sobre la misma.

 

 

Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Prueba preconstituida y protección durante el proceso penal

Los instrumentos internacionales ponen de relieve la necesidad de que  la audiencia de la víctima pueda realizarse sin necesidad de que la misma esté presente, recurriendo, en particular, a las tecnologías de la comunicación apropiadas.
Además se establece la necesidad de que las investigaciones y actuaciones que se lleven a cabo garanticen el interés superior del niño o la niña y el respecto a sus derechos.

 

 Avances en España
Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Datos sobre explotación sexual de la infancia y la adolescencia

Para hacer frente a la ESIA es fundamental poder conocer de qué manera se produce, en qué medida, y las situaciones de niños y niñas en estas circunstancias.

 

 Avances en España
 Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

indicadores parciales

1-Minoría de edad

Avances en España

La LOPIVI prevé que el Gobierno proceda al desarrollo normativo del llamado procedimiento para la determinación de la edad de las personas menores de edad.

Retos
Si bien existe esta obligación normativa, hasta el momento solo se cuenta con un anteproyecto de ley por el que se regula el procedimiento de evaluació́n de la edad.

indicadores parciales

2-Sensibilización

Avances en España

Existen diferentes disposiciones legales y planes de acción y estrategias que incorporan el desarrollo de campañas e iniciativas de concienciación. Al respecto, la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) establece la obligación de las administraciones públicas de promover el desarrollo de campañas y acciones concretas de información destinadas a concienciar a la sociedad acerca del derecho de los niños, niñas y adolescentes a recibir un buen trato, incluyendo medidas contra aquellas conductas, discursos y actos que favorecen la violencia sobre la infancia y la adolescencia en sus distintas manifestaciones.

Asimismo el Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos también incorpora una serie de medidas dirigidas a la sensibilización y a la concienciación sobre la problemática de la trata y el explotación sexual de mujeres y niñas, incluyendo el componente de abordaje de la demanda.Por su parte, la recientemente aprobada Estrategia de Erradicación de la Violencia sobre la Infancia y la Adolescencia establece medidas dirigidas a la sensibilización en el sentido de promover la imagen de niños y niñas como sujetos de derechos y agentes de cambio social, y dirigida a dar a conocer el problema de la violencia hacia l infancia y la adolescencia, sus formas, causas e impacto en niños y niñas. 

Por otro lado, la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual prevé en su Título II actuaciones para la prevención y la detección de las violencias sexuales en varios ámbitos como el  educativo, sanitario y sociosanitario, digital y de la comunicación, publicitario, entre otros.

 

Retos
España ha venido implementando diferentes acciones dirigidas a aumentar la conciencia social tanto por parte de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, como por parte de las entidades de la sociedad civil. Sin embargo, estas se han venido centrando en determinadas manifestaciones de la ESIA (especialmente la trata con fines de explotación sexual), y en la mayor parte de los casos hacen referencia a población adulta. Por otro lado, la demanda, uno de los factores causales de la ESIA, en general no se aborda o se aborda de forma parcial.
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Campaña “uno de cada cinco”.
Campaña del Consejo de Europa de prevención de la violencia sexual hacia la infancia iniciada en 2010 y coordinada a nivel estatal por FAPMI-ECPAT España.

 

Estrategia de erradicación de la violencia sobre la infancia y la adolescencia.

Impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, esta estrategia pretende ser una hoja de ruta enfocada a la prevención de todas las formas de violencia hacia niños, niñas y adolescentes, a la mejora en los procesos de  detección e intervención, a la visibilización de la problemática, a la creación de una cultura de tolerancia cero frente a la misma, y a la construcción de espacio protectores para niños y niñas. 

 

Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual

 

indicadores parciales

3-Asistencia y apoyo

Avances en España

La Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), contempla actuaciones específicas de cara a la intervención ante casos de explotación sexual de personas menores de edad, especialmente aquellas sujetas a medida protectora y que residan en centros de protección de menores. Estas medidas se han vehicular a través del Plan de acción contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes del sistema de protección a la infancia.

Por su parte el Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos, también incorpora medidas dirigidas a promover la creación de guías de recursos de derivación para la atención y protección a las víctimas, incluyendo personas menores de edad tutelabas por las Comunidades Autónomas, así como la creación de recursos especializados para víctimas de trata menores de edad en todos la Comunidades Autónomas. 

Cabe destacar asimismo el impulso de diferentes proyectos para la implantación de las denominadas Barnahus en varias Comunidades Autónomas para la atención de niños y niñas víctimas de violencia sexual.

Retos

Si bien existen en España diferentes centros de acogida para personas menores de edad en situación de desprotección o desamparo, etc. no se cuenta con estructuras de protección específicas para los casos de ESIA que incluyan servicios de atención específicos, a excepción de algunos centros para personas menores de edad víctimas de trata gestionados por entidades especializadas.

Sin embargo, en muchas ocasiones no se dispone de estos servicios especializados, ni de personal suficiente específicamente capacitado para atender de forma integral las necesidades de niños y niñas en situación de ESIA. Mas allá de las necesidades de protección derivadas de dicha situación, es fundamental la inversión en recursos especializados que tengan como objetivo la restitución de los derechos que niños y niñas han perdido durante el proceso de explotación y que contemplen una solución duradera adaptada a cada caso concreto, proveyendo asistencia psicológica, de salud, educación, hasta estrategias que permitan la reinserción social de los y las niñas supervivientes.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos 2021-2023.

Plan de acción que pretede abordar la problemática de la trata y la explotación sexual a través de cinco objetivos prioritarios y dieciséis líneas de acción que afectan tanto a instituciones públicas como al tercer sector y cuyo objetivo es permitir un abordaje multidisciplinar e integral de estas problemáticas.

Plan de acción contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes del sistema de protección a la infancia

Documento que recoge una serie de medidas para la contribución a la protección de niñas y niños frente a la explotación sexual en el sistema de protección.

Barnahus. Unitat integrada d’atenció als infants i adolescents víctimes d’abusos sexuals

Proyecto pionero en España desarrollado en Tarragona por un equipo pluridisciplinar formado en la atención a ninños y niñas entre los 0 y los 18 años que han sufrido violencia sexual.

 

indicadores parciales

4-Publicidad de delitos relacionados con la ESIA / medios de comunicación

Avances en España

La Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) modifica la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad con el objeto de declarar ilícita la publicidad que incite a cualquier forma de violencia o discriminación sobre las personas menores de edad.

Retos

No existe ninguna referencia expresa a la producción y difusión de materiales que promuevan la ESIA en la legislación española además de la circunscrita a la publicidad, por lo que todas las conductas relacionadas con la producción y difusión de materiales que no constituyan per se pornografía infantil, quedan por fuera del ámbito de protección de la legislación. Por ejemplo, la promoción de destinos turísticos donde niños, niñas y adolescentes pueden ser explotados sexualmente, no constituye una conducta típica, a menos que la misma pueda clasificarse como promoción directa de la explotación sexual de personas menores de edad.

Por otro lado, se evidencia que una parte significativa de la concienciación y sensibilización social sobre la ESIA viene motivada fundamentalmente por el eco de los medios de comunicación de casos de impacto, con frecuencia poco representativos y centrados en el delito cometido y el padecimiento de las víctimas. Aunque se han incrementado notablemente las referencias a este fenómeno en los medios, es necesario seguir avanzando en la formación de los y las profesionales de la comunicación para que envíen mensajes centrados en la prevención y en la detección temprana de posibles situaciones de ESIA.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Fundación EDUCO y FAPMI-ECPAT España (2020). El tratamiento informativo de la trata de niñas y niños con fines de explotación sexual. Decálogo de buenas prácticas para medios de comunicación.

Documento dirigido a profesionales de los medios de comunicación donde se analiza el tratamiento dado a las noticias relacionadas con esta problemática y se proporcionan pautas para su adecuado abordaje mediático.

 

Ley 34/1988 General de Publicidad

Esta ley, en su artículo 3. se establece que será considerada la publicidad ilícita, aquella que, entre otras, coadyuve a generar violencia o discriminación en cualquiera de sus manifestaciones sobre las personas menores de edad, así como la que promueva la prostitución.

 

indicadores parciales

5-Cooperación internacional

Avances en España

España ha suscrito acuerdos de cooperación bilateral con diversos países no comunitarios en materia de migración, como Guinea Bissau, Níger, Mali, Cabo Verde, Guinea Conakry o Gambia , así como con Marruecos o Rumanía.

En el ámbito concreto de la trata de personas, es de destacar la cooperación internacional en la investigación y enjuiciamiento del delito, recurriendo, desde el Ministerio del Interior, a equipos conjuntos de investigación, coordinados a través de EUROJUST y EUROPOL, llevando a cabo investigaciones conjuntamente con otras fuerzas policiales de la Unión Europea, como Francia, Rumanía, Alemania, Bélgica o Bulgaria y, con menor frecuencia, con países de América del Sur, principalmente Paraguay.

Además en 2018 se procedió a la edición de la V edición del Plan director de la cooperación española (2018-2021) . De forma concreta el V PD, en su Línea de Acción. 16.1.C. establece la promoción de la lucha contra la trata de seres humanos “se trabajará en la lucha contra la trata de seres humanos, especialmente contra la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual y laboral”.

Asimismo en 2021 también se procedió a la aprobación de la Estrategia de Acción Exterior (2021-2024), entre cuyos principios se encuentra la promoción activa de la igualdad, en concreto, el reconocimiento del papel de las mujeres y la promoción de de su protección frente a la violencia sexual.

España también cuenta con la División de Cooperación Internacional, que fue creada mediante el Real Decreto 400/2012 por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior. A pesar de que permite actuar en un ámbito más amplio que el de la lucha contra la ESIA, también resulta eficaz en esta. En este sentido, supone una estructura que permite mejorar la eficiencia de la actuación policial a través de la colaboración con las policías e instituciones de otros países, dentro y fuera de Europa, a través de acciones bilaterales o multilaterales.

Retos
Se hace necesario actualizar el V Plan Director de cooperación española e incluir todas las formas en que se puede dar la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes.
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

International Child Sexual Exploitation database (ICSE)

Esta base de datos de Interpol constituye una herramienta de inteligencia e investigación, que permite a los investigadores especializados compartir datos sobre casos de violencia sexual hacia la infancia y la adolescencia.
Gobierno de España (2021). Estrategia de Acción Exterior (2021-2024) 

Documento que contiene la expresión ordenada, sectorial y geográfica, de las prioridades y objetivos a medio plazo de la Acción Exterior; y recoge el conjunto de actuaciones de los órganos, organismos y entidades públicas en el exterior a las que dota de coherencia interna.
V Plan director de la cooperación española (1028-2021) 

Documento en el que se establecen los objetivos y prioridades sectoriales y geográficas para la Cooperación Española, así como los criterios de intervención a observar en la ejecución de la política de desarrollo.

 

indicadores parciales

6-Formación y capacitación de profesionales

Avances en España

El Gobierno puso en marcha un programa de formación en materia de familia e infancia tanto en modalidad presencial como online dirigido a técnicos de los ámbitos de prevención y protección de menores, así como profesionales que intervienen directamente con menores de edad o que prestan servicio público relacionado con dicha población; técnicos de centros de protección, técnicos de los Servicios Sociales y Equipos de Programas de Atención a Familias, así como a responsables de políticas , sien embargo esta formación está principalmente relacionada con la temática de la violencia contra la infancia y la adolescencia, y no abordan de forma específica la problemática de la ESIA, excepto para el caso concreto de la trata con fines de explotación sexual.

Por otro lado, se ha continuado, desde los diferentes departamentos ministeriales e instituciones públicas, la labor de formación de su propio personal extendiéndola a profesionales que, en su ámbito de trabajo, pueden estar en contacto con posibles víctimas, especialmente Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y concretamente ne materia de trata de personas.

También se han editado guías de formación destinadas a personal de la administración pública cuya finalidad es proporcionar a profesionales que trabajan en ámbitos muy diversos (servicios sociales, sanidad, centros de migraciones, organizaciones sin fines de lucro, cuerpos policiales, agentes en frontera, etc.) herramientas que les ayuden a detectar posibles casos de trata de seres humanos.

Por su parte la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) prevé en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en derechos de la infancia y adolescencia en general y en la lucha contra la violencia ejercida sobre los mismos en particular, incluyendo la reforma que opera en la Ley Orgánica del Poder judicial, por cuanto se establece la necesidad de formación especializada en las carreras judicial y fiscal, en el cuerpo de letrados y en el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia, en la medida en que las materias relativas a la infancia y a personas con discapacidad se refieren a colectivos vulnerables.

Asimismo, y en materia de trata de personas y explotación, el Plan Estratégico Nacional contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos también reconoce en su prioridad troncal E esta necesidad de formación y capacitación de los agentes involucrados en las situaciones de trata y explotación sexual, incorporando una prioridad troncal específica en cuanto a la promoción de la formación continua de los operadores jurídicos e investigadores que intervengan o puedan intervenir en la detección y protección de las víctimas de trata de seres humanos, así como en la prevención y la persecución del delito

Retos

En el ámbito concreto de la ESIA, la mayor parte de la oferta formativa proviene de organizaciones de la sociedad civil y otras plataformas a través de la organización de talleres formativos, seminarios y/o Congresos, a excepción e la problemática de la trata de personas con fines de explotación sexual.

Al respecto, para luchar eficazmente contra la ESIA, la formación de los agentes y profesionales relacionados y relacionadas con los distintos sectores y escenarios en los que pueden tener lugar situaciones de ESIA resulta ser determinante de cara a la sensibilización y capacitación de estos colectivos respecto a la realidad de la problemática, así como una estrategia fundamental tanto para la detección como para saber cómo actuar adecuadamente.

En este sentido, es necesario, por un lado, que los futuros y futuras profesionales de cualquier ámbito cuenten con esta formación dentro de la oferta formativa de los currículos académicos, y, por otro, que los y las profesionales en el ejercicio de su profesión dispongan de una formación continua.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Programa de formación en explotación sexual de la infancia y la adolescencia 

Programa desarrollado por FAPMI-ECPAT España dirigido a profesionales y fututors y futuras profesionales de diferentes disciplinas afines a la infancia y la adolescencia en materia de prevención, detección e intervención en explotación sexual de la infancia y la adolescencia.

Cursos online de Familias, Infancia y Adolescencia 

Batería de cursos impulsados por el Ministerio de Sanidad sobre infancia y familia.

Materiales educativos sobre trata d mujeres y niños con fines de explotación sexual de la Delegación de Gobierno contra la Violencia de Género

Serie de recursos didácticos dirigidos a profesionales en materia de trata de personas con fines de explotación sexual.

 

indicadores parciales

7-Educación de niños, niñas y adolescentes

Avances en España

La Ley Orgánica de garantía integral de la libertad 10/2022 establece que el sistema educativo español incluirá, dentro de sus principios de calidad, la integración de contenidos basados en la coeducación y en la pedagogía feminista sobre educación sexual e igualdad de género y educación afectivo-sexual para el alumnado, apropiados en función de la edad, en todos los niveles educativos y con las adaptaciones y apoyos necesarios para el alumnado con necesidades educativas específicas, respetando en todo caso las competencias en materia de educación de las comunidades autónomas y en colaboración con el ámbito sanitario.

Además, de acuerdo con la citada Ley, los currículos de todas las etapas educativas no universitarias deberán contenidos formativos sobre el uso adecuado y crítico de internet y las nuevas tecnologías, destinados a la sensibilización y prevención de las violencias sexuales, la protección de la privacidad y los delitos cometidos a través de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación promoviendo una educación en la ciudadanía digital mediante la consecución de competencias digitales adaptadas a nivel correspondiente del tramo de edad.

Con la última reforma educativa, la Ley Orgánica de Educación 3/2020, se introduce una nueva materia en Primaria y Secundaria sobre valores cívicos y éticos, que presta especial atención a la igualdad entre mujeres y hombres y al valor del respeto a la misma. De forma específica, en Bachillerato, se incluye como objetivo fundamental promover la madurez personal, afectivo-sexual y social que permita prever, detectar y resolver posibles situaciones de violencia.

Retos

España es uno de los países, de la Unión Europea, en el que todavía no se ha implementado de forma sistemática la educación sexual integral, y en donde el modelo más extendido sigue priorizando el modelo biologicista de prevención de riesgos sobre el modelo integral deseable.

Por otro lado, la mayoría de iniciativas implementadas se centran en determinadas manifestaciones de la ESIA, en especial la ESIA online. Por tanto, se deben impulsar iniciativas dirigidas directamente a niños, niñas y adolescentes de manera que se les incluya como parte proactiva en la lucha contra la ESIA, proporcionándoles información, y estrategias y herramientas que les capaciten para hacerle frente

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Iniciativa make-IT-safe de promoción del uso seguro de Internet para niños, niñas y adolescentes .

Iniciativa desarrollada por FAPMI-ECPAT España dirigida a capacitar a niños y niñas sobre el uso seguro de Internet, los riesgos asociados a su uso, y entrenenarle en estrategias que les permitan identificar y hacer frente a las difierentes situaciones de violencia sexual que pueden darse en el entorno online.

UNESCO (2018). Orientaciones técnicas internacionales sobre educación en sexualidad. Un enfoque basado en la evidencia.

Documento elaborado con el objetivo de asistir a las autoridades educativas, de salud y otras que sean relevantes, en el desarrollo e implementación de programas y materiales de educación integral en sexualidad dentro y fuera de los entornos escolares.

indicadores parciales

8-Participación de niños, niñas y adolescentes

Avances en España

La Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), establece en la disposición final decimoséptima la creación del denominado Consejo Estatal de Participación de la Infancia y de la Adolescencia, con el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho de participación en la formulación, aplicación y evaluación de planes, programas y políticas nacionales que afectan a niños, niñas y adolescentes.

Por otro lado, existen en España los consejos de participación infantil y juvenil (CPIJ) , constituidos como órganos consultivos que se reúnen de forma periódica y que tienen como fin articular la participación de las niñas, niños y adolescentes, facilitándoles un espacio para que se expresen, propongan ideas y tomen decisiones en el ámbito local, regional, nacional y, en ocasiones, internacional, sobre aquellas cuestiones que les afectan.

Retos

A pesar de los espacios de participación infantil y juvenil que se han ido consolidando, existe todavía un desconocimiento general de los derechos de la infancia, y del derecho de participación infantil tanto por parte de niños, niñas y adolescentes, como por parte de las personas adultas. Como factores que contribuyen a este desconocimiento, se puede citar la deficiencia en la divulgación de este derecho por parte de las administraciones, la falta de estructuras adecuadas que permitan hacer realidad la participación infantil, la falta o escasa asignación de recursos presupuestarios para este propósito y la poca importancia que a nivel social se les da a las opiniones de niños, niñas y adolescentes en los asuntos que les afectan.

Por otro lado, el papel de niños y niñas en la toma de decisiones que les afectan se ha restringido tradicionalmente a una participación meramente pasiva, en la que se les considera como personas beneficiarias de los programas, pero sin participar en el proceso de diseño, implementación y evaluación de las actividades.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Estrategia la infancia opina 

Iniciativa impulsada por la Plataforma de Infancia , con el objetivo de favorecer que los niños, niñas y adolescentes puedan ejercer su derecho a opinar y a ser escuchados como ciudadanos de pleno derecho.

Violencia Game Over 

Iniciativa impulsada por la Plataforma de Infancia en la que a través de un juego interactivo (“Last Escape”) los chicos y chicas han construido un videojuego de la “última escapada” de la violencia. Siguiendo una guía de trabajo y una serie de vídeos interactivos los niños y niñas aprenden sobre sus derechos y crean escenarios, personajes, pócimas y herramientas para escapar de una situación de violencia.

Red Cibercorresponsales 

Iniciativa de la Plataforma de Infancia que promueve la participación infantil a través de un espacio seguro en Internet donde chicos y chicas son altavoces de su propia realidad. Genera procesos a través de las tecnologías de la información y la comunicación, con un enfoque de derechos de infancia.

Orden DSA/1009/2021, por la que se crea el Consejo Estatal de Participación de la Infancia y la Adolescencia.

En esta orden se describen la naturaleza, los fines y las funciones, entre otros, de este Consejo Estatal, formado por niños y niñas entre 8 y los 17 años cuyo objetivo es el favorecer la construcción de la ciudadanía activa de las niñas, niños y adolescentes como parte de una sociedad democrática a través de un foro de participación en el que expresen libremente sus ideas y propongan medidas, defiendan el reconocimiento social de sus derechos, formulen propuestas sobre cuestiones que les afectan de ámbito estatal y se erija en portavoz e interlocutor de las niñas, niños y adolescentes ante las instituciones públicas.

 

indicadores parciales

9-Participación del sector privado

Avances en España

La Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) incluye diferentes disposiciones relativas a la participación del sector privado empresarial, centrado casi de manera exclusiva en el sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación. Al respecto, y en este ámbito concreto de actividad empresarial, la Ley habla de la importancia de la colaboración público-privada (art. 8) en el sentido de que la administración pública debe impulsar dicha colaboración con las empresas con el objetivo de mejorar la detección, la prevención y la intervención frente a casos de violencia contra la infancia y la adolescencia. 

Por otro lado, y además de este mandato general, la norma también establece preceptos específicos que afectan a las empresas tecnológicas. El título II relativo al “deber de comunicación de las situaciones de violencia” en su artículo 19 habla del deber de comunicación de los contenidos ilícitos. En este punto cobra especial relevancia el papel de dichas empresas en la lucha contra los contenidos de abuso y explotación sexual online de la infancia y la adolescencia.

La LOPIVI también habla de fomentar conjuntamente con el sector de las TIC el desarrollo de aplicaciones, servicios, etc. que ya desde su diseño tengan en cuenta la protección de la infancia y la adolescencia, y finalmente, el artículo 46 habla de la necesidad de trabajar en la clasificación de contenidos por edades,  o el etiquetado de contenidos.

Si bien el marco de la LOPIVI no impone obligaciones jurídicas a las empresas, es una primera llamada de atención a que estas se alineen con el resto del sistema de protección.

Por otro lado, en 2017 el Gobierno de España aprobó el Plan de Acción de Empresas y Derechos Humanos, el cual pretendía proporcionar a las empresas españolas aquellas herramientas necesarias para hacer frente a la responsabilidad de respetar los derechos humanos por parte de estas en el desarrollo de sus operaciones de negocio, sin embargo hasta la fecha el Plan no ha tenido una implementación o desarrollo riguroso.

Retos

Las empresas y el sector privado pueden tener un impacto en prácticamente todo el espectro de los derechos humanos internacionalmente reconocidos, incluyendo los derechos de niños, niñas y adolescentes, y en algunos sectores de actividad este impacto puede ser especialmente nocivo, como por ejemplo, en determinadas formas de violencia que afectan a la infancia y la adolescencia, especialmente la explotación sexual infantil o la trata de niñas y niños.

En estas formas de violencias es evidente que las personas agresoras utilizan tanto las infraestructuras como los servicios de la industria privada para favorecer, acceder y explotar sexualmente de niños y niñas. Más allá del sector de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, la LOPIVI también hubiera podido suponer una oportunidad para promover en otro tipo de empresas que, también pueden contribuir a la protección de la infancia y la adolescencia, aprovechen su conjunto de habilidades y el alcance de sus conocimientos para tomar medidas en aras a la contribución de la erradicación de la violencia contra niños, niñas y adolescentes.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

Comité de los Derechos del Niño: Observación general Nº 16 

Observación sobre las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño.

Código de Conducta para la protección de la infancia y la adolescencia en los viajes y el turismo 

Iniciativa multisectorial con la misión de sensibilizar y proporcionar herramientas y apoyo a la industria de los viajes y el turismo para prevenir la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.

indicadores parciales

10-Coordinación nacional y cooperación con el Tercer Sector

Avances en España

La Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) establece en su artículado la nla necesidad de la coordinación para el abordaje efectivo de la violencia hacia la infancia y la adolescencia. Para ello establece la creación y el desarrollo de la Estrategia Estatal de Violencia hacia la Infancia y la Adolescencia, así como la creación de la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, pensada como un órgano de cooperación entre las administraciones públicas en materia de protección y desarrollo de la infancia y la adolescencia.

Por otro lado, y a nivel estatal, el abordaje de la ESIA se ha venido limitando a determinadas manifestaciones de la misma, especialmente la trata de personas con fines de explotación sexual. Al respecto, destaca el desarrollo en 2017, del anexo al Protocolo Marco de Protección de Víctimas de Trata de Seres Humanos “Actuaciones para la detección y atención de víctimas de trata de seres humanos menores de edad, o el protocolo común para la actuación sanitaria ante la violencia de género de 2012 , que también incluye un anexo relativo a la “actuación sanitaria frente a la trata con fines de explotación sexual”.

Asímismo, a nivel autonómico también se han desarrollo diferentes protocolos que atienden a las respectivas realidades territoriales. Además de los relativos a determinadas formas de violencia contra la infancia y la adolescencia, destacan diferentes protocolos para la coordinación en materia de violencia sexual contra la infancia y la adolescencia y de forma específica para determinadas modalidades de ESIA, concretamente y de nuevo, la trata con fines de explotación sexual.

Finalmente también destacan la creación en algunas Comunidades Autónomas de protocolos específicos de actuación frente a la ESIA.

A nivel de coordinación con las entidades de la sociedad civil, destaca la instrucción 6/2016 . de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre actuaciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la lucha contra la trata de seres humanos y en la colaboración con las organizaciones y entidades con experiencia acreditada en la asistencia a las víctimas.

Retos

A pesar de todos estos mecanismos, los esfuerzos en la coordinación se centran en algunas formas específicas de la ESIA, especialmente la trata con fines de explotación sexual, debiendo avanzar en la posible elaboración de una normativa especifica que directamente procure coordinar soluciones globales y concretas en la lucha contra la problemática en todas sus manifestaciones.

Al respecto, en España se contaba con dos estrategias que de hecho incorporaban la voluntad y el compromiso del Estado en cuanto a la lucha contra la ESIA, por un lado, y la protección de los derechos de la infancia y la adolescencia, por otro: el III Plan de Acción Nacional contra la ESIA, y II Plan de Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia. Sin embargo, una vez acabada su vigencia, dichos planes no se han vuelto a renovar dejando a España sin una estrategia estatal de país que aborde de forma específica la explotación sexual de la infancia y la adolescencia.

Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

– Instrucción 6/2016, de la secretaria de estado de seguridad, sobre actuaciones de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado en la lucha contra la trata de seres humanos y en la colaboración con las organizaciones y entidades con experiencia acreditada en la asistencia a las víctimas.

Anexo sobre “Actuación sanitaria frente a la Trata con Fines de Explotación Sexual” al protocolo común para la actuación sanitaria ante la Violencia de Género 2012

– Xunta de Galicia. Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma de Galicia. Protocolo de actuación institucional sobre adopción de medidas de prevención, investigación y tratamiento a las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual. Noviembre de 2010,

– Generalitat de Cataluña. Protocolo de protección de las víctimas de tráfico de seres humanos en Cataluña. Octubre de 2013,

– Gobierno de Extremadura. Protocolo de Extremadura contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual

– Gobierno de Navarra. Instituto Navarro para la Igualdad. Protocolo del Gobierno de Navarra de coordinación y actuación con mujeres y niñas víctimas de trata con fines de explotación sexual,

– Comunidad de Madrid. Protocolo para la protección de las víctimas de trata de seres humanos en la Comunidad de Madrid.

– Gobierno Vasco. Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública. Dirección de Atención a las Víctimas de violencia de género. Protocolo de coordinación interna para la atención a víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual, en período de restablecimiento y reflexión o recuperación,

– Gobierno de La Rioja. Consejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia. Servicios Sociales. (Marzo 2018). Protocolo de Actuación institucional contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual, laboral y otros delitos en La Rioja

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (2015). Foro social contra la trata con fines de explotación sexual. Reglamento.  Espacio configurado con la finalidad de favorecer el intercambio de información y puntos de vista entre organizaciones especializadas en la atención a víctimas de trata con fines de explotación sexual y administraciones con competencias en la materia

indicadores parciales

11-Prueba preconstituida y protección durante el proceso penal

Avances en España

A través de la reforma que incorpora la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI) a Ley de Enjuiciamiento Criminal , se regula de forma sistemática la prueba preconstituida. En este sentido, se establece su obligatoriedad cuando el testigo sea menor de catorce años. En estos supuestos la autoridad judicial, practicada la prueba preconstituida, solo podrá acordar motivadamente su declaración en el acto del juicio oral cuando, interesada por una de las partes, se considere necesario.

Por otro lado, España cuenta con la Ley 4/2015 del Estatuto de la víctima del delito, norma en la que se establecen, además de los extraprocesales, los derechos procesales de las víctimas.

Asimismo, la Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita, reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a las personas menores de edad cuando sean víctimas de delitos violentos graves, con independencia de sus recursos para litigar.

A través de la Ley orgánica del poder judicial, se regula la necesidad de formación especializada en las carreras judicial y fiscal, en el cuerpo de letrados y en el resto de personal al servicio de la Administración de Justicia, en la medida en que las materias relativas a la infancia y a personas con discapacidad se refieren a colectivos vulnerables. Se establece la posibilidad de que las unidades administrativas, entre las que se encuentran los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y las Oficinas de Asistencia a las Víctimas, se incorporen como funcionarios otros profesionales especializados.

Por otro lado, la LOPIVI también establece en su Disposición final vigésima la especialización de los órganos judiciales, de la fiscalía y de los equipos técnicos que presten asistencia especializada a los Juzgados y Tribunales.

Retos
Teniendo en cuenta el impacto que la explotación sexual puede tener en los y las niñas que la sufren, es fundamental que la la prueba preconsitutida puede garantizarse para todos aquellas personas menores de 18 años.

indicadores parciales

12-Datos sobre explotación sexual de la infancia y la adolescencia

Avances en España

Existe en España el Registro Unificado de Maltrato Infantil (RUMI), un registro de ámbito estatal que aporta datos sobre las notificaciones de maltrato confirmadas y sin confirmar (sospechas) y sobre las modalidades de maltrato en cada Comunidad Autónoma. Sin embargo, este registro solo recoge hasta la fecha las estadísticas correspondientes a los casos de maltrato intrafamiliar y solo en algunas CCAA se ha incorporado la ESIA como una modalidad que puede registrarse dentro del RUMI como en Castilla y Léon, Islas Baleares o Canarias.

Por otro lado la Ley Orgánica de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI)I propone la creación de un registro central de información sobre la violencia contra la infancia y la adolescencia.

 

El informe sobre delitos contra la libertad y la indemnidad sexual relativo a 2020 , refiere que, en cuanto a los delitos de prostitución y corrupción de menores, se registraron 381 victimizaciones de personas menores de edad en ese año, siendo las niñas las que presentan un mayor porcentaje de las mismas.

Los niños y las niñas también son víctimas de la trata, en este caso con fines de explotación sexual. Al respecto, España es considerado un país tanto de origen, como de tránsito y destino de las víctimas de trata, especialmente mujeres y niñas con fines de explotación sexual. De acuerdo con el Ministerio del Interior en su informe de 2020, se identificaron 3 víctimas menores de edad, 2 niñas y un niño en ese año.

También hablamos de la explotación sexual online, es decir, cualquier uso de las tecnologías de la información y la comunicación a través del cual se produce o provoca la explotación sexual de una persona menor de edad que da como resultado imágenes u otros materiales que documentan este tipo de explotación sexual que se produce, compra, vende, posee, distribuye o transmite.

De acuerdo con el informe sobre cibercriminalidad en España, durante 2020 se produjeron 3.430 victimizaciones registradas que afectan a personas menores de edad. Entre los delitos que más les afectan en este ámbito son, por grupo penal, las amenazas y coacciones y los delitos sexuales (en un 33,61%).

En España en muchos casos, solo se cuenta con fuentes oficiales procedentes generalmente de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad en el contexto de la investigación de este tipo de delitos, los datos tampoco son coincidentes,  entre estos y las que estiman otras fuentes, incluyendo las entidades especializadas, y tampoco discriminan entre las diferentes formas en las que puede manifestarse la ESIA.

 

Retos

El informe sobre delitos contra la libertad y la indemnidad sexual relativo a 2020 , refiere que, en cuanto a los delitos de prostitución y corrupción de menores, se registraron 381 victimizaciones de personas menores de edad en ese año, siendo las niñas las que presentan un mayor porcentaje de las mismas.

Los niños y las niñas también son víctimas de la trata, en este caso con fines de explotación sexual. Al respecto, España es considerado un país tanto de origen, como de tránsito y destino de las víctimas de trata, especialmente mujeres y niñas con fines de explotación sexual. De acuerdo con el Ministerio del Interior en su informe de 2020, se identificaron 3 víctimas menores de edad, 2 niñas y un niño en ese año.

También hablamos de la explotación sexual online, es decir, cualquier uso de las tecnologías de la información y la comunicación a través del cual se produce o provoca la explotación sexual de una persona menor de edad que da como resultado imágenes u otros materiales que documentan este tipo de explotación sexual que se produce, compra, vende, posee, distribuye o transmite.

De acuerdo con el informe sobre cibercriminalidad en España, durante 2020 se produjeron 3.430 victimizaciones registradas que afectan a personas menores de edad. Entre los delitos que más les afectan en este ámbito son, por grupo penal, las amenazas y coacciones y los delitos sexuales (en un 33,61%).

De acuerdo a lo anterior, en España en muchos casos, solo se cuenta con fuentes oficiales procedentes generalmente de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad en el contexto de la investigación de este tipo de delitos, los datos tampoco son coincidentes,  entre estos y las que estiman otras fuentes, incluyendo las entidades especializadas, y tampoco discriminan entre las diferentes formas en las que puede manifestarse la ESIA.

Definición

Para hacer frente a la ESIA es fundamental el uso de términos y conceptos que sean comúnmente entendidos entre y pr parte de todos los actores involucrados y que ademñás sean respetuosos con la infancia y la adolescencia. 

 

Retos
Documentación de interés/ experiencias/ buenas prácticas

indicadores que no abordan la problemática ESIA

1-Definición

Retos

A pesar del marco jurídico actual, sigue sin establecerse una definición concreta de lo que debe entenderse como explotación sexual de la infancia y la adolescencia y tampoco se incluyen todas las formas en las que esta puede manifestarse.

Al respecto, es fundamental la adecuación de la terminología y las definiciones con respecto a las diferentes conductas que pueden estar relacionadas con la ESIA en el marco legal y el resto de instrumentos y estrategias, teniendo en cuenta que muchas de las fórmulas utilizadas o no atienden a toda la magnitud de la problemática con lo que se dificulta la persecución del delito y de los delincuentes, que por otro lado, se adaptan a los nuevos contextos y circunstancias, o pueden llegar a estigmatizar a la infancia y la adolescencia víctima o superviviente. 

Seguimos avanzando en la construcción de una estrategia que permita una aproximación integral a la problemática de la ESIA y que sitúe en el centro de la misma a niños, niñas y adolescentes.

 

Con el apoyo y financiación de:

MDSCA. Ministerio de Derechos sociales y agenda 2030

FAPMI - ECPAT ESPAÑA

Protegemos a la INFANCIA y ADOLESCENCIA del abuso y de la explotación sexual.